martes, 11 de abril de 2023

LIBERTAD DE CULTOS TAMBIÉN PARA AFROUMBANDISTAS

En Maldonado Inspectores de la Intendencia interrumpen una sesión religiosa y prohíben uso del tambor en forma permanente lesionando derechos humanos fundamentales con acciones arbitrarias

En medio de un ritual sagrado, y por denuncia de ruidos molestos, funcionarios de la Intendencia de Maldonado interrumpieron una ceremonia religiosa afroumbandista, abruptamente y con actitud intolerante, incluso no permitiendo que continuara el culto a palmas, diciendo que eso también era “ruido molesto” obligando a retirarse a la feligresía. La ley penal vigente dice: LIBRO II TITULO XI - CAPITULO V - DE LOS DELITOS CONTRA LA LIBERTAD DE CULTOS Y EL SENTIMIENTO RELIGIOSO Artículo 304 (Ofensa al culto por el impedimento o la perturbación de la ceremonia) “El que impidiere o perturbare, de cualquier manera una ceremonia religiosa, el cumplimiento de un rito o un acto cualquiera de alguno de los cultos tolerados en el país, en los templos, en los lugares abiertos al público o en privado, pero en este último caso con la asistencia de un ministro del culto, será castigado con tres a dieciocho meses de prisión.” Es muy claro el texto legal.

ATENCIÓN! los rituales afro o sesiones se hacen con música, canciones y percusión ritual o sea sagrada. Asociarlo a “ruido” resulta ofensivo, es discriminación religiosa. Los llamados “puntos” o “rezas” litúrgicas, son oraciones cantadas de invocación, alabanza, ruego, agradecimiento, festivas, y más.

Afirmamos que una mínima buena educación -ya ni hablemos de humanidad- hubiera hecho que esa delegación inspectiva tuviera una actitud más considerada con quienes allí buscaban refugio espiritual. ES UN TEMA DE CONVIVENCIA Y PEDIMOS QUE SE DILUCIDE A ESE NIVEL, NO CON PREPOTENCIAS.

En un mundo plagado de violencias varias y de pretextos para conflictos de toda índole, tener una oportunidad de paz, confraternidad, fuerzas y esperanzas para la gente, es un valor a cuidar.

En cuanto a derechos; nos protegen normas de máxima jerarquía como la Carta Magna, convenciones internacionales refrendadas por Uruguay protectoras de culturas históricamente vulneradas, leyes de tipo penal y normativas varias a nivel regional. Por mencionar algunas, Punto 8 Declaración de Ciudades Contra el Racismo, Código Penal Arts 304 al 306 y el 149 ter., Constitución Art. 5, Ley 17817 contra discriminaciones varias y la propia ley de Contaminación Ambiental Nro 17852/2010 que en su art 10 segundo párrafo habla de la no limitación de derechos.

Hay urgente y gran necesidad de capacitar al funcionariado estatal, para que sepan cómo tratar a la gente que colma las playas los dos de febrero en Iemanjá y que también somos ciudadanía, objeto de derechos y no de represión del poder público que momentáneamente se esgrime, sea administrativo, policial o judicial, poder que procede de la misma gente a la que en esos momentos de “inspecciones” están torturando literalmente cuando hay destratos, recortando el derecho constitucional al libre culto.  

Sería hasta inteligente desde una perspectiva gubernativa, dar chances de existencia sin sobresaltos sin racismos institucionales y exclusiones endémicas, a la diversidad afrocultural e indígena y sus ritos milenarios de veneraciones y cuidados a la naturaleza, en un planeta que sufre el calentamiento global por el mal uso de recursos no renovables, padeciendo las consecuencias de la rapacidad depredadora de los sistemas capitalistas, individualistas y competitivos, agresivos por definición.

Buscando generar pensamientos positivos y no represores de libertades, sería importante ocupar tiempo y dineros fiscales en implementar por ejemplo la Ley de Educación Pública 18437/09 que habla de informar en los ámbitos educativos de la existencia y costumbres de las diferentes creencias y ritos como hecho social. Para que no cunda el desconocimiento sobre quiénes somos y qué hacemos la feligresía de identidad afro sagrada, porque de lo contrario la ignorancia acciona irracionalmente disparando estereotipos, preconceptos, demonizaciones y al fin, la discriminación sistémica e institucionalizada por la historia de racismo estructural que pesa sobre las sociedades que no han sido ideológicamente descolonizadas.

Es imprescindible meditar de qué forma preservar la diversidad afroamerindia y sus costumbres ceremoniales en un medio urbano, para que no se normalize la exclusión y al fin se tienda al exterminio de concepciones milenarias del mundo trascendente, veneración a la naturaleza que son los Orixás, temas tan vigentes y necesarios en la ecología del planeta.

Se retiraron esa noche los inspectores municipales amenazando sancionar, luego de violentar la sensibilidad espiritual de mucha gente. El tema se hizo llegar al Parlamento, a la INDH, se enteró a la Junta de Maldonado y a los medios. No aceptaremos sin denunciar socialmente y donde sea necesario ningún tipo de violencia institucional, intolerancia ni racismo religioso contra la comunidad afroumbandista.

Fue desagradable por demás el procedimiento en Maldonado, forzaron a salir a los participantes de la sesión de Kimbanda controlando que se fueran todos. Somos religiosas y religiosos y fuimos tratados como delincuentes El daño ya está hecho y trabajamos social y políticamente para que no suceda más.

Cuando la responsable del templo se presentó en Higiene Ambiental le informaron que no la multaban porque había “comparecido”, y que debía gestionar el “permiso del tambor” aunque “no están dando permisos”. Nos preguntamos qué significa esto mas que la comprobación del manoseo institucionalizado. No callaremos; porque tales actitudes medran la calidad de una democracia que se supone debe garantizar el goce y ejercicio de los derechos humanos fundamentales de la población, no amenazarlos. Especialmente si se trata de los sectores más vulnerados y excluidos como son la cultura afrodescendiente y sus tradiciones ancestrales históricamente discriminadas. Este procedimiento de la intendencia de Maldonado fue autoritario, innecesario, un abuso y atropello con todas las letras, acto de racismo religioso, agresión a los derechos humanos, inconcebible del punto de vista legal y desde una simple empatía. Si fuera una misa ¿actuarían igual? Dicen que hay que avisar o solicitar “permiso” previo. ¿Todas las religiones avisan a la intendencia cuando van a oficiar cultos? Se trata de equidad social para un desarrollo igualitario.

Nuestra sociedad democrática vale la pena.


                                                                      Susana Andrade

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